En fecha 29 de Julio del año 2010, los ciudadanos: BEATRIZ FELICIA LA ROSA PIÑERO y CARLOS JOSE SIFONTES NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en Ortiz, Municipio Ortiz del Estado Guárico y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.516.492 y V-6.504.262, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado FRANK REINALDO TORRES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 35.926, respectivamente, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
La Fiscal del Ministerio Público, quien fuera legalmente citada, no hizo oposición alguna.