JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- El Sombrero, veinticinco de octubre de dos mil diez.- 200º y 151º.----------------------------------------------------------------------------

Dec. Inter. Nº 20-10
Exp. Nº 686-10
Motivo: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Tipo Sentencia: Homologación.

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS:

PARTE ACTORA: SANDRA JOSEFINA NIEVES TORRES, venezolana, de Treinta y un años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-15.711.944.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No tiene apoderado constituido.
PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS TORREALBA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Funcionario de la Guardia Nacional, titular de la cédula de identidad Nº V-13.152.301.
APODERADO PARTE DEMANDADA: No tiene apoderado constituido.
DE LA SENTENCIA
Visto el anterior CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos JUAN CARLOS TORREALBA NUÑEZ y SANDRA JOSEFINA NIEVES TORRES, partes demandada y demandante, respectivamente, suficientemente identificadas en autos de este Expediente, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos y condiciones establecidos por ellos en dicho CONVENIMIENTO.-
La Juez Prov.


Dra. Carmen Alicia Rodríguez.

La Secretaria.

Abg. Isabel Yoaly Barrios Pérez.