JUZGADO DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- El Sombrero, veinticinco de octubre de dos mil diez.- 200º y 151º.----------------------------------------------------------------------------

Dec. Inter. Nº 21-10
Exp. Nº 689-10
Motivo: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Tipo Sentencia: Homologación.

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS:

PARTE ACTORA: GISERMAR ARIDAY MARTINEZ DIAZ, venezolana, de veintiocho años de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° V-16.363.703.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No tiene apoderado constituido.
PARTE DEMANDADA: ANTONIO RAMÓN CASTILLO MONTEZUMA, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-12.811.818.
APODERADO PARTE DEMANDADA: No tiene apoderado constituido.
DE LA SENTENCIA
Visto el anterior CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos ANTONIO RAMÓN CASTILLO MONTEZUMA y GISERMAR ARIDAY MARTINEZ DIAZ, partes demandada y demandante, respectivamente, suficientemente identificadas en autos de este Expediente, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos y condiciones establecidos por ellos en dicho CONVENIMIENTO.-
La Juez Prov.


Dra. Carmen Alicia Rodríguez.

La Secretaria.

Abg. Isabel Yoaly Barrios Pérez.