En horas de despacho del día de hoy, Diecinueve (19) de Octubre del 2010, siendo las 09:00 A.M. oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Entrega Material objeto de la comisión N° 1.508-10, ordenada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Distrito Capital, en fecha 28-04-2010, en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue la Abogada MERCEDES YASMINA MOLINA VELASCO Inpreabogado N° 37.183, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL PALTEX C.A.; se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía de la Abogada MERCEDES YASMINA MOLINA VELASCO Inpreabogado N° 37.183, quien actúa en defensa de sus propios derechos e intereses; encontrándonos ubicados en la siguiente dirección: Sector Bicentenario I, Zona Industrial de El Sombrero, Estado Guarico. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de Ley, fuimos atendidos por el ciudadano: JOSE GARCIA C.I. Nº 15.537.985, en su condición de Vigilante del Aserradero, a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este Tribunal. Seguidamente, se le cede el derecho de palabra a la abogado actora quien expone: “Solicito se me haga entrega formal de los bienes que se encuentran descritos en el Mandamiento de Ejecución, los cuáles me fueron adjudicados en Remate Judicial tal y como se evidencia del Acta de Remate de fecha 30-11-2009, la cual consigno en este acto para que sea agregada a la presente comisión, y así mismo, solicito la designación de un Perito a los fines de que identifique las maquinarias y las bienhechurias objetos de la presente comisión. Es Todo”. Seguidamente el Tribunal, vista la solicitud hecha por la abogada ejecutante procede a designar como Perito al ciudadano: JUAN HEREDIA, Titular de la Cedula de identidad Nº 4.390.905, quien es Ingeniero, Inscrito en Soitave bajo el Nº 1.528 y en el Colegio de Ingeniero de Venezuela Nº 34.788, quien acepto el cargo y juro cumplir con las obligaciones inherentes al mismo; en consecuencia el Tribunal le indica que proceda a identificar los bienes muebles y bienechurías señaladas en el presente Mandamiento de Ejecución, el mismo expuso: “Luego de realizar inspección, se constató que se encuentran visiblemente actualmente al momento, todos y cada uno de los muebles y bienechurías suficientemente descritas y señaladas en el Mandamiento de Ejecución.”. En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. HACE ENTREGA FORMAL a la ABG. MERCEDES YASMINA MOLINA VELASCO, los siguientes bienes: 1) Sierra cinta de desdoble de 115 cm. de volante para convertir rolas de pequeño diámetro o brazas en tablas o listones en forma rápida, marca: langer, modelo: 3DBR doble piña, serial de chasis: Nº 896/motor Nº 0692; 2) Sierra circular de mesa (disco de 50 cm.) para el despunte de rolas de madera, tablas o listones, fabricadas en el aserradero (mesón de madera, base de hierro, motor de 7HP y disco de 50 cm de diámetro) no posee serial; 3) Sierra cinta de conversión, con volante de 115 cm de diámetro para conversión de rolas de madera, equipada con carro hidráulico, porta rolas de hasta 5 metros de diámetro (fabricación alemana), marca: CFG, modelo: 115, seriales chasis: Nº 1491/motor 04779V M-93E16143; 4) Sierra cinta de conversión con volante de 105 cm. de diámetro para la conversión de rolas de hasta 8 metros de largo, (fabricación italiana) marca: Centauro, modelo: 71, seriales de chasis: Nº 000059/motor 1G5956; 5) Equipo de afilado de cintas para cualquier tamaño y tipo de diente, con mesa tensionadora y equipo de recalcado marca: Vollmer, modelo: CAB 10V; 6) Compresores de aire de 5HP c/u, marca: Atlas copca, seriales: 962 y 20X66; 7) Payloader caterpillar con uñas y pala, para cargar rolas grandes dimensiones en los bancos de trabajo de la sierra cinta modelo: 966 serie C, serial: 76J2890; 8) Equipo de Afilado de cintas de tamaño pequeño con mesa tensionadora y equipos de recalcado, marca: Vollmer, modelo: CAB 10V, seriales: ilegible; 9) Sierra circular con mesa recogedora de hierro para filar tablas con deformidad en los costados, largo de carro 4m., ancho de carro 1.5 m., equipo de fabricación propia, s/seriales; 10) Sierra cinta de mesa con cinta de 8 cm. de ancho y motor eléctrico de 12 HP para el refilado de trozos de madera, mesa de hierro, fabricación italiana, Seriales Nº de chasis 8-1/motor S/S; 11) Cepilladora multiuso con sierra circular y trompo, marca: L’Altigliana-comb, seriales: chasis Nº 2437/motor F-3357; 12) Un tensionador de fabricación casera; 13) Motor de uso de esmeril de pedestal; 14) Dos (02) despuntadoras de disco circular sin serial; 15) Dos (02) Tobilleras, chasis CV 2D 241, casera; 16) Sierra de cinta tabillera; 17) Martillo de aire y un ordenador de clavos; del mismo modo se le hace entrega material de las siguientes bienhechurrias; 1) un galpón industrial de 1.500 Mts2, con anexo de 300 Mts2, con estructura de concreto y metal, con techo de lámina galvanizada en estructura metálica, instalaciones eléctricas externas, parcialmente embutidas; 2) un garaje con similares características constructivas con un área de 42 Mts2, una edad aproximada, según documentos de 17 años y un estado de conservación deficiente; 3) Una oficina de dos plantas y la segunda sin concluir con un área de 168 Mts2; 4) Una caseta de habitación de 40 Mts2; 5) Una caseta de transformación de 25 Mts2; 6) Una sala de trabajo de 60 Mts2, todas con paredes de bloques, con acabados de friso liso y pintura de caucho, puertas y ventanas metálicas, con instalaciones eléctricas y sanitarias embutidas, y una edad aproximada de 17 años, con una vida útil probable de 50 años. En virtud de habérselos adjudicados en Segundo Acto de Remate celebrado por ante el Juzgado de la causa, identificado al inicio de esta Acta, de fecha 30 de Noviembre del 2009, el cual es consignado en este acto en copia simple, constante de once (11) folios útiles. Es todo. Terminó. Se leyó y se ordena el regreso del Tribunal a su sede de origen siendo las 01:00 horas de la tarde, conformes firman.- LA JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; ABOGADO EJECUTANTE Y PARTE DEMANDANTE (Fdo Ilegible) ABG. MERCEDES YASMINA MOLINA VELASCO; NOTIFICADO Y VIGILANTE DEL ASERRADERO (Fdo Ilegible) JOSE GARCIA; PERITO AVALUADOR (Fdo Ilegible) ING. JUAN HEREDIA Y LA SECRETARIA ACC (Fdo Ilegible) ABG. LIGIA MARIA SOJO.