REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCION Nº 3
SECCIÓN ADOLESCENTES
SALA 102
Caracas, 27 de Septiembre de 2010
200º y 151º

COMPUTO MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA

CAUSA 585-10

Por cuanto se evidencia del Oficio N° 1842-10 que antecede, de fecha 23-09-2010 y recibido en este Tribunal en fecha 24-09-2010, emanado de la Unidad de Formación Integral para al Adolescente Sancionado con Medidas No Privativas de Libertad “Complejo Luces del Alba”, que la joven XXXXXXXXXXXXXX , a quien se le sigue causa ante este Tribunal, signada bajo el N° 585-10, dio inicio al cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida en fecha 21-09-2010, por el lapso de dos (02) años, en virtud de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 20-09-2010, es por lo que se acuerda practicar el respectivo cómputo, conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del cual se notificara a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ,


ELENA BAENA.
LA SECRETARIA,

XIOMARA MONTILLA.

Quien Suscribe, XIOMARA MONTILLA, Secretaria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, procede a realizar el cómputo relativo a la medida de Libertad Asistida, que le fue impuesta a la joven XXXXXXXXXXXXXX , por el lapso de dos (02) años, tomándose como fecha de su receptoria ante el Instituto Nacional del Menor Unidad de Formación al Adolescente Sancionado con Medidas No Privativas de Libertad “Complejo Luces del Alba”, el día 21-09-2010, por lo que se establece como fecha de cumplimiento el día 21-09-2012.


LA SECRETARIA,

XIOMARA MONTILLA


Exp: 585-10
EB/XM/Andrés