REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de septiembre de 2010
Años 200° y 151°


ASUNTO: AP21-L-2010-003850


Visto el escrito transaccional presentado por la ciudadana Cira Revette, cédula de identidad N° 4.234.244, asistida por la abogado Isabel Aguirre Rincones, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 129.856 y, la abogado Verónica Palacio Hurtado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 79.916, por el monto de Bolívares Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Dos con Noventa y Ocho Céntimos (Bs. 55.602,98), se observa que contiene una relación circunstanciada de los hechos, que hay cesión de derechos de ambas partes, que no hay renuncia de los derechos del trabajador, cumpliendo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, se Homologa con Fuerza de Cosa Juzgada, con excepción de la manifestación de la ciudadana Cira Revette de no reservarse acción de ninguna naturaleza, pretensión o derecho relacionados o no con los conceptos señalados en el libelo, que se encuentren vinculados en forma directa o indirecta con la relación de trabajo que mantuvieron las partes. Asimismo, se acuerdan las dos (2) copias certificadas de la transacción homologada y del presente auto, de acuerdo a lo solicitado.-

La Jueza El Secretario


Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Gustavo Portillo