REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dieciséis (16) de septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, el Tribunal constata que desde el 17 de febrero de 2009, fecha en la cual el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, ciudadano Edgar Zapata, presentó diligencia consignando boleta de notificación de la defensora designada al demandado, por haber transcurrido más de cuarenta y cinco (45) días sin que la parte interesada impulsara dicha notificación, no habiendo actuación de parte en este procedimiento.
La presente causa se encontraba en fase de notificación de la defensora judicial designada, para que compareciera dentro de los tres días de días de despacho siguientes a que constara en autos su notificación, para que expresara su aceptación o excusa al cargo recaído en su persona. Sin embargo, la misma no fue impulsada, por lo cual debe declararse que en el presente proceso se consumó la perención anual de la instancia.
Por los razonamientos antes expuestos y conforme a la normativa legal citada ut supra, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
ÚNICO: Consumada la perención y en consecuencia extinguida la instancia en el presente procedimiento de OFERTA REAL, interpuesta por el ciudadano LUIS HUMBERTO MENDIETA PRIETO, a favor de la sociedad mercantil PROVEMAX C.A., y el ciudadano CARLOS HERNÁNDEZ MILLÁN.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del mismo Código.
Notifíquese, publíquese y regístrese la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre de dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL.
En la misma fecha de hoy, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se deja constancia de haberse publicado y registrado la anterior decisión.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL
ZMRZ/VR/Francis.
ASUNTO N° AN31-S-2002-000001.
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