REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
|JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, (28) de Septiembre 2010
200° y 151°

Vista la solicitud de Declaración de Único y Universal Herederos; así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil Declara las presentes actuaciones Titulo de Únicos y Universales Herederos, a favor de los ciudadanos CAROLINA DEL VALLE REGARDIZ GARCIA, DEOGRACIO GREGORIO REGARDIZ GARCIA, JACQUELINE DEL CARMEN REGARDIZ GARCIA, LEONARDO ANDRES FLORES GARCIA, MARBELYN NAIR FLORES GARCIA Y YENNIFER MARIA GARCIA, titulares de las Cedulas de Identidad Nos. 7.920.724; 10.110.647; 7.929.984; 14.585.758; 14.585.747 y 11.992.701 respectivamente, de la ciudadana CARMEN AMELIA GARCIA (VIUDA) DE FLORES, en vida fuera titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.146.500, fallecida AB-Intestato, en fecha 03-09-2009, en el Ministerio del Poder Popular para Relaciones de Interior y Justicia Dr. Carlos Enrique Barrios Loroño. Notario Publico titular Notaria Publica Segunda de Maturín Estado Monagas, bajo el Nº 42, Tomo 57.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el libro diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ,
ABG. IRENE GRISANTI CANO

EL SECRETARIO,
ABG. BARTOLO JOSE DIAZ

IGC/BJD/YELITZA
Exp. N° AP31-S-2010-004664