REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 21 de septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2006-000674

Vista la transacción celebrada en fecha 12 de agosto de 2010 en la oportunidad de la celebración del acto conciliatorio fijado por el Tribunal, producto de la conciliación promovida de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el ciudadano GERARDO ALFONSO SILVA VALERO, portador de la cédula de identidad Nº 4.153.706 en su condición de parte actora acompañado por su apoderada judicial ANA VERÓNICA SALAZAR, inscrita en el IPSA bajo el número 82.657, por una parte, así como la abogada YAMIRA ESPERANZA MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el número32.022 en su condición de apoderada judicial de la parte demandada DISTRIBUIDORA CONTINENTAL S.A., con facultad para transigir en nombre de su representada, según se evidencia de instrumento poder anexo a la transacción, en la cual consta que el monto de la transacción es por la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00), cantidad que fue recibida por el actor en dicho acto, a los fines de poner fin al presente juicio, contentivo de la reclamación por conceptos derivados del accidente de trabajo ocurrido el día 11 de febrero de 2004.

Visto que los derechos laborales son irrenunciables y sólo es posible la transacción y convenimiento al término de la relación laboral, de conformidad con los requisitos establecidos por ley, sin embargo, la irrenunciabilidad no excluye la posibilidad de conciliación o transacción siempre que se haga por escrito, contenga una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos, se hagan al término de la relación laboral y versen sobre los derechos litigiosos o discutidos.

En consecuencia, este Tribunal homologa la transacción en los términos expuestos por las partes, con autoridad de cosa juzgada con motivo del juicio de cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo incoado por el ciudadano GERARDO ALFONSO SILVA VALERO contra la empresa DISTRIBUIDORA CONTINENTAL S.A., ambas partes identificadas en autos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 89 y artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Así se establece.

No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.

Publíquese, regístrese y déjese copia.



LA JUEZ
Marianela Meleán Loreto



EL SECRETARIO
Nelson Delgado

ASUNTO: AP21-L-2006-000674