REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 20 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-011479
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 13 de agosto del año en curso, suscrita por la Abogado BETTY GUEVARA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.328 en su carácter de apoderada judicial del solicitante ARTURO HIDALGO PEREZ, en la cual solicita sea subsanado el error en que se incurrió en la sentencia de fecha 10 de agosto de 2010; en consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió el nombre de la Curadora Ad-Hoc como ADRIANA CAROLINA HIDLAGO de DIOGO debe decir ADRIANA CAROLINA HIDALGO de DIOGO. Téngase la presente como parte accesoria de la sentencia de fecha 10 de agosto de 2010. Cúmplase.-
LA JUEZA
EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. JERRY JIMENEZ
AP51-S-2010-011479
YLV/JJ/Marjorie
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