REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión N° 14
Motivo: Inhibición
Juez inhibida: Abg. Yuri Rodríguez.
Juez Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal. San Juan de los Morros.
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
Con fecha 19 de agosto de 2010, la Juez Tercero de Control de éste Circuito Judicial Penal, Abg. Yuri Rodríguez, se inhibe de conocer el presente asunto, signado con el Nº JJ01-P-2002-000160, de la nomenclatura interna del referido juzgado.
Expresa la inhibida en la acta de inhibición cursante al folio 01 del presente cuaderno: “ME INHIBO de conocer esta causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 86, ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 87 eiusdem, en virtud de que actuó como Fiscal del Ministerio Público el Abg. GERARDO CAMERO, quien es mi cónyuge, quien realizara el acto conclusivo para el ciudadano JARAMILLO SANDOVAL GREGORIO DE LA PAZ (folio 95 al 113 pieza I), en virtud de la acumulación de causas que consta en el presente asunto en el folio 07 de la pieza II, de fecha 06-05-2008….” (sic).
Ciertamente uno de los principios del proceso penal es la imparcialidad del juzgador, por lo tanto no puede existir ninguna relación entre el objeto del juicio o las partes con el juez.
En el presente asunto quien presenta el acto conclusivo fiscal según el dicho de la inhibida, tiene el estado de cónyuge con ella, por lo tanto es menesteroso separarla del conocimiento del asunto, por lo que es pertinente declarar con lugar la presente inhibición como en efecto se hace. Así se decide.-
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, con lugar la inhibición planteada por Abg. Yuri Rodríguez, Juez Tercero de Control de éste Circuito Judicial Penal, en el asunto Nº JJ01-P-2002-000160, relacionado con el ciudadano Gregorio de la Paz Jaramillo Sandoval. Se funda la presente decisión en el artículo 86, ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 87 eiusdem. Así se decide. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen.
Juez Presidente de Sala,
Abg. Yajaira Margarita Mora Bravo
El Juez, (Ponente)
Abg. Miguel Ángel Cásseres González
La Juez,
Abg. Kena De Vasconcelos Venturi
La Secretaria,
Abg. Milagros Salazar
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Milagros Salazar
Asunto Nº JJ01-X-2010-000027