REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 24 de septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2009-000608
ASUNTO : JP01-P-2009-000608

JUEZ: ABOG: OLGA TAMARA CAMACHO

SECRETARIA: ABOG: ZAIDA AVILA

IMPUTADOS: RONALD ALEXIS MOTA HERNANDEZ Y CASTOR ALEXANDER

CAMEJO VARGAS

VICTIMA: ALEXIS RAMON TORRES Y ORLANDO JOSE AÑANURE

DELITO: LESIONES

FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO

AUTO DE FUNDAMENTACION DE AUDIENCIA ORAL


Siendo la oportunidad para fundamentar audiencia oral este tribunal lo hace en los términos siguientes: una vez constituido el tribunal se le concede la palabra a la Defensa Pública quien expuso: “visto que mis defendidos han cumplido a cabalidad con las obligaciones impuestas en fecha 24 de Septiembre de 2009, por este Tribunal Primero de Control, consistente en las presentaciones periódicas cada 30 días ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, es por lo que solicito la extinción de la Acción penal y se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 48 numeral 7 y 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo solicito la exclusión de los mismos del Sistema SIPOL. el Tribunal le dio la palabra al acusado e interrogó al mismo sobre su deseo de rendir declaración quien solicitó ejercer su derecho, por lo que la secretaria del Tribunal los impuso del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, quien se identificaron como: RONALD ALEXIS MOTA HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nª 17.703.044, natural de Maracay, Estado Aragua, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Urbanización José Félix Rivas, Sector N° 05 Calle Principal, Los Javillos, casa N° 14, Maracay, Estado Aragua quien manifestó: “He cumplido a cabalidad con las condición impuestas por el Tribunal de Control, en consecuencia solicitó tenga bien decretarme el Sobreseimiento de la Causa, es todo”. Seguidamente se procedió a identificar al ciudadano: CASTOR ALEXANDER CAMEJO VARGAS, Venezolano; titular de la cédula de identidad N° V-19.473.244, natural del Sombrero Estado Guarico, nacido el 21-12-1989, de 20 años de edad, de profesión y oficio Militar, residenciado en el Sector Los Rosales, casa S/N, frente al Stadium, el Sombrero, Estado Guárico, quien manifestó: “He cumplido a cabalidad con las condición impuestas por el Tribunal de Control, en consecuencia solicitó tenga bien decretarme el Sobreseimiento de la Causa, es todo”. Seguidamente se le concedió la palabra a la Representación del Ministerio Público Abg. Ángel Moncado, quien no se opone a la solicitud efectuada por la defensora pública en cuanto a que se decrete el sobreseimiento de la causa a favor de los ciudadanos RONALD ALEXIS MOTA HERNANDEZ y CASTOR ALEXANDER CAMEJO VARGAS, en virtud de haber verificado el cumplimiento de la condiciones impuestas. Es todo. Seguidamente, verificado como ha sido el cumplimiento de las presentaciones impuestas del imputado de autos, siendo la última presentación para RONALD ALEXIS MOTA HERNANDEZ en fecha 17-05-2010, y para CASTOR ALEXANDER CAMEJO VARGAS en fecha 28-03-2010, visto lo expresado por el Ministerio Público.-

DISPOSITIVA

este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta la siguiente decisión: UNICO: Decreta la Extinción de la Acción Penal en consecuencia el Sobreseimiento de la causa seguido a los ciudadanos: RONALD ALEXIS MOTA HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nª 17.703.044, natural de Maracay, Estado Aragua, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Urbanización José Félix Rivas, Sector N° 05 Calle Principal, Los Javillos, casa N° 14, Maracay, Estado Aragua quien manifestó: “He cumplido a cabalidad con las condición impuestas por el Tribunal de Control, en consecuencia solicitó tenga bien decretarme el Sobreseimiento de la Causa, es todo”.Seguidamente se procedió a identificar al ciudadano: CASTOR ALEXANDER CAMEJO VARGAS, Venezolano; titular de la cédula de identidad N° V-19.473.244, natural del Sombrero Estado Guarico, nacido el 21-12-1989, de 20 años de edad, de profesión y oficio Militar, residenciado en el Sector Los Rosales, casa S/N, frente al Stadium, el Sombrero, Estado Guárico, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 numeral 7° en relación con el artículo 45 ejusdem. Se ordena oficiar al CICPC de esta ciudad a los fines de excluir a los mismos del SIPOL. Notificar a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZ DE CONTROL PRIMERO

Abg. OLGA TAMARA CAMACHO

LA SECRETARIA

ABOG: ZAIDA AVILA