REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 28 de septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-003521
ASUNTO : JP01-P-2010-003521


Vistas sendas solicitudes cursante a los folios 244 y 289 al 292 de la Pieza I interpuestas por el Imputado JULIO CÉSAR RUIZ ARAUJO y la Abg. MARIA ANTONIETA SCOTT en su condición de Defensora Privada del imputado JUAN CARLOS SÁNCHEZ MÁRQUEZ, mediante las cuales solicitan la refijación de la Audiencia Preliminar a los fines de cumplir con la debida notificación a las partes dentro del lapso legal establecido de conformidad con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto revisado el Sistema Juris 2000 se evidencia que no han sido consignadas la totalidad de las Boletas de Notificación libradas a las partes con ocasión del acto fijado para el día 09.08.2010 y que las consignadas no han sido agregadas a los autos, y por considerar necesarias dichas resultas a los fines de verificar los alegatos de los solicitantes y emitir el pronunciamiento al fondo del requerimiento, se ordena solicitar a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal la remisión con carácter de urgencia de las resultas de la Boletas de Notificación faltantes referidas a dicho acto, asimismo solicitar al Tribunal de Control Nº 02 de esta misma sede, remita con carácter de urgencia las resultas de las Boletas de Notificación consignadas y no agregadas a los autos. Cúmplase. Ofíciese.
La Jueza,

Abg. MILAGROS LADERA HERNÁNDEZ

El Secretario,


Abg. JORGE TESARE