REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
Calabozo, 15 de septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2007-000110
ASUNTO : JP11-P-2007-000110

RESOLUCIÓN: NIEGA REGIMEN ABIERTO
PENADO: MONSERRATIA ROSA ELENA.

Revisada la presente causa, se observa que cursan recaudos relacionados con la apertura del procedimiento a los fines del Régimen Abierto como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, para la penada MONSERRATIA ROSA ELENA, titular de la cédula de identidad V-14.694.684. No obstante, se ha recibido Informe Técnico sobre evaluación piso- social de dicha penada, emitido por el equipo técnico de la Dirección de Clasificación y Atención Integral, Caracas, Distrito Capital, remitido mediante oficio nº 1526, suscrito por la Directora del Anexo Femenino de la Penitenciaria General de Venezuela, (172 al 177, ultima pieza), de fecha 02-08-10; quienes emitieron opinión DESFAVORABLE, sobre la base de la evaluación psicológica y emocional de la evaluada, en consecuencia al no reunir todos y cada uno de los requisitos previstos en el artículo 493, de la reforma vigente del Código Orgánico Procesal Penal, al existir un pronóstico negativo de conducta, se declara improcedente a la fecha, el régimen abierto. ASÍ SE DECIDE. Regístrese, publíquese y dèjese copia certificada en el archivo de este Tribunal. Notifíquese a las partes. Remítase copia certificad a la Dirección del lugar de reclusión. CÚMPLASE.
LA JUEZ,

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ABG. DAYSY CARO CEDEÑO DE GONZÁLEZ.

LA SECRETARIA,

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ABG. MARÍA ALEJANDRA AZUAJE