REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 24 de Septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2007-002320
ASUNTO : JP21-P-2007-002320

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. HIYAN MARIA ABOU FARA.
PENADO: GONZALEZ JESUS MARINO, de nacionalidad venezolana, natural de Las Mercedes del Llano, nacido en fecha 02/05/80, de 27 años de edad, hijo de Julia González y de Ramón González, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL II.
DECISION: INICIO OFICIO TRAMITES DESTACAMENTO DE TRABAJO

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto, se observa auto de reforma de cómputo de pena por redención dictado en fecha 04/07/08, mediante el cual se determinó como fecha para que el penado opte al beneficio del Destacamento de Trabajo el 25/09/10. En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución conforme a lo establecido en el artículo 479.1, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, mediante la cual se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 406 del Código Penal, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de beneficios penales, ACUERDA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO y para ello ORDENA:

1.- Librar oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, solicitando remita a este Tribunal la constancia de conducta carcelaria del penado e informe si tiene conocimiento de la posible existencia de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional que se sigua en contra del penado y cuya existencia corresponda al cumplimiento de la pena o de algún asunto en el cual le haya sido revocada con anterioridad alguna de las medidas alternativas de cumplimiento de pena.

2.- Librar oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando la certificación actualizada de Antecedentes Penales del penado.

3.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de Los Morros, a fin de que sea practicada la evaluación Psico-Social al penado.

4.- Notificar al penado y a su defensa de la necesidad de que consigne en autos la correspondiente oferta de trabajo.

5.- Librar oficio a la Caja de Trabajo Penitenciario, solicitando información sobre la posibilidad de trabajo para el penado, indicándosele que el penado se encuentra recluido en la Penitenciaria General de Venezuela.
DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor del ciudadano GONZALEZ JESUS MARINO, de nacionalidad venezolana, natural de Las Mercedes del Llano, nacido en fecha 02/05/80, de 27 años de edad, hijo de Julia González y de Ramón González, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense los oficios correspondientes y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de 2010.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,


DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

LA SECRETARIA,


ABOG. HIYAN MARIA ABOU FARA