REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS


Vista la diligencia que antecede, contentiva de inhibición propuesta por la Juez del Despacho en fecha: 23-09-2010 y vencido como se encuentra el lapso de allanamiento establecido en el artículo: 86 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia conforme a lo dispuesto en los artículos 89 y 93 ejusdem, se ordena la remisión de la presente consignación No. 6.731 de la nomenclatura de este Juzgado, constante de Dos (02) Piezas, conformada por 209 folios útiles la primera y la segunda contentiva de 142 folios útiles , al Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de decidir sobre la incidencia de inhibición surgida y de la prosecución de la presente consignación; así mismo y por tratarse de un expediente de consignación de fondos de terceros y a los fines de conocer el procedimiento a seguir para el traspaso de los fondos depositados en la cuenta de ahorro aperturada para tal objetivo en el presente expediente al nuevo Juzgado conocedor de dicha consignación, se ordena oficiar a la Unidad de Auditoria Interna del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez recibida dicha información se procederá a realizar dicha diligencia y participar lo conducente al Juzgado que se avoque la conocimiento de la misma. Líbrense oficio.-