REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
Tucupido, 30 de Septiembre de 2.010
200° Y 151°


El Tribunal en virtud del Acto Conciliatorio celebrado por ante este Despacho, entre los ciudadanos: RAFAEL RAMON VIDAL MOTABAN, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.976.944, y la ciudadana MIREYA ELIZABETH FARFAN RIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.672.346, en el presente Juicio Nº 966-10, con motivo de Obligación de Manutención; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.
La Secretaria;

Abg. Yennifer Carolina Gutiérrez Graterol.
Exp. Nº 966-10
VRVB/Yennifer.-.