REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003795
PARTE ACTORA: JARVIN SANDOVAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HORACIO DE GRAZIA SUAREZ., ANGEL SALVADOR VAZQUEZ MARQUEZ
PARTE DEMANDADA: PETROLEOS DE VENEZUELA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA DE FIGUEIREDO, CARLOS MORENO
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES.

En el día hábil de hoy, cinco de abril de dos mil once, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia de los abogados MARIA DE FIGUEIREDO y CARLOS MORENO inscritos en el IPSA bajo el Nr 98.358 y 90.701 respectivamente en su carácter de apoderados de la parte demandada quienes consigna copia de poder y en original ad efectum vivendi. Asimismo se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 200 °.

La Juez


Abg. Yolimar Ávila



Apoderados de la parte demandada
La Secretaria