REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, siete (07) de abril de dos mil once (2011), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, a fin de practicar medida de Secuestro decretada y ordenada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de ejecución de hipoteca mobiliaria incoado Corp Banca C.A Banco Universal contra Sociedad Mercantil ABC Sobre 2006, C.A y el ciudadano Jorge Luís Figueira y se traslada en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Olimar Méndez Muñoz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 86.504; y Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.081.609, perito avaluador, a la dirección por ella indicada: “Galpón ABC Sobres 2006, C.A, ubicado en la Calle Los Molinos con calle Ruperto Lugo. Urbanización Ruperto Lugo, Catia; dirigiendo al Tribunal al galpón donde efectivamente funciona la empresa ABC sobres 2006, C.A. el Tribunal es atendido por el ciudadano José Ángel Tovar Díaz, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.362.068, a quien se notifica de la medida, leyéndole en voz alta el contenido del despacho. Acto seguido el antes citado ciudadano, expone: “Ya informé al señor Jorge Roberto Terán y me manifestó que ya vendría para acá”. La Juez Ejecutora ordena al perito avaluador designado proceda a verificar los bienes que se indican en el despacho de comisión, de fecha 01 de febrero de 2011. En este estado el perito avaluador, expone: “Indico a la Juez que los bienes a que se refiere la comisión y que se encuentran efectivamente en el inmueble son los siguientes: 1.- Prensa Troqueladora: Marca: F.L. Smith Champion. Envelope Machina: Modelo: RA Retomatic; Serial 2777; Código: PHP III; 2.- Máquina Fabricadora de Sobres de Papel Combinación 01; Marca: F.L. Smith Champion, Médium Open end Machina, Modelo MO, Serial MO-44, Código RA; y, 3.- Máquina Fabricadora de Sobres de Papel de gran tamaño, con sistemas de inyección valco y aplicador de silicona caliente; Marca: F.L. Smith Champion, Programmed Hydraulio Press; Serial PHP-III; Código MO; Serial PHP-2378. Dichas maquinas presentan buenas condiciones y de hecho se encuentran funcionando”. Es todo. La Juez ejecutora, visto lo manifestado por el perito avaluador, ordena apagar las máquinas objeto de la medida de secuestro. Siendo las 11:00 am se hace presente el ciudadano Jorge Roberto Terán, titular de la cédula de identidad Nº E.- 1.009.813, accionista de la empresa demandada, procediendo la Juez a notificarlo de la medida, leyéndole el despacho de comisión. La Juez Ejecutora insta a las partes a conversar a los fines de establecer un posible arreglo o acuerdo que les resulte beneficioso, otorgándoles a tal efecto un tiempo prudencial para ello. Siendo las 12:45 p.m. se presenta la abogada Josefa María Guevara, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.669, a fin de asistir al ciudadano Jorge Roberto Terán, en su condición socio de la Sociedad Mercantil ABC Sobre 2006, C.A. Luego de un tiempo prudencial, la abogada Olimar Méndez, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, expone: “Visto que no se ha podido llegar a un acuerdo con el representante de la empresa demandada solicito a la Juez prosiga con la ejecución”. Es todo. Oída la solicitud efectuada por la representación judicial de la parte actora, la Juez ejecutora procede a secuestrar los siguientes bienes: 1.- Prensa Troqueladora: Marca: F.L. Smith Champion. Envelope Machina: Modelo: RA Retomatic; Serial 2777; Código: PHP III; 2.- Máquina Fabricadora de Sobres de Papel Combinación 01; Marca: F.L. Smith Champion, Médium Open end Machina, Modelo MO, Serial MO-44, Código RA; y, 3.- Máquina Fabricadora de Sobres de Papel de gran tamaño, con sistemas de inyección valco y aplicador de silicona caliente; Marca: F.L. Smith Champion, Programmed Hydraulio Press; Serial PHP-III; Código MO; Serial PHP-2378 y tal como indica el despacho de comisión se ponen en posesión de la parte actora en la persona de su apoderada judicial, abogada Olimar Méndez, ya identificada, quien en nombre de su representada, expone: “ Visto lo voluminoso y especial de las máquinas secuestradas, resulta evidente que las mismas requieren de una logística especial para su debido retiro, con la cual no contamos en este momento, por lo que propongo a la parte demandada que las maquinas se mantengan en este lugar bajo la guarda y custodia del ciudadano Jorge Roberto Terán Sotomayor, en su carácter de autos y solicito al Tribunal mantenga la presente comisión un tiempo perentorio para que una vez concertada la logística requerida se traslade a verificar el retiro efectivo de los bienes secuestrados, lo cual solicitaré mediante diligencia”. Es todo. En este estado el ciudadano Jorge Roberto Terán Sotomayor, en su condición de accionista de la empresa ABC Sobre 2006, C.A, expone: “Me doy por citado y manifiesto expresamente mi aceptación a la proposición efectuada por la parte actora y en tal sentido, me obligo a mantener bajo buen cuidado y en el lugar donde se encuentran las máquinas secuestradas, ya identificadas y permitir la supervisión de las máquinas por parte de un representante del Banco hasta que se logre concretar el retiro.” Es todo. Vista la solicitud efectuada por la apoderada judicial de la parte actora y la manifestación expresada por la parte demandada, la Juez ejecutora acuerda otorgar cinco (05) días de despacho para que tramite las diligencias necesarias para el retiro pertinente. Se dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 1:40 pm.
La Juez,

Caribay Gauna
La apoderada judicial de la parte actora

Abg. Olimar Méndez Muñoz

El notificado y su abogado asistente



Jorge Alberto Terán Sotomayor


Abg. Josefina Guevara

El Perito Avaluador


Argenis Rivas

La Secretaria,

Dubraska Ibarreto

Expediente Nº 3078-11 (Interno)
Expediente Nº AP11-V-2010-001111 (Causa)