REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : AP31-F-2010-003330
SOLICITANTE: ISMAEL ARTURO FLOREZ ATENCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 23.170.505
ABOGADO ASISTENTE: JOSÉ ENRIQUE MATA ESPINOZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº.51.489
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
Conoce este tribunal de la presente solicitud, presentada por el ciudadano ISMAEL ARTURO FLOREZ ATENCIA, asistido por el Abogado JOSÉ ENRIQUE MATA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.51.489 donde solicita Inserción de la Partida de Nacimiento de su hija ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ.
Alega el solicitante que en fecha 18 de Mayo de 1990, nació su hija ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, tal como se evidencia del Certificado de Nacimiento No 35761, expedida por el Hospital Materno Infantil “Dr. Pastor Oropeza”, de Caricuao, el cual acompaño en original al escrito libelar marcada con la letra “A”, manifestó que su prenombrada hija la procreo con la ciudadana MARLITH DE JESUS HERNANDEZ JIMENEZ, de quien se desconoce su paradero, ya que desde hace muchos años hizo su vida con otra pareja y no se supo más de ella, y que por razones personales y económicas, desde hace varios años, tuvo que irse a la Republica de Colombia y tuvo la imperiosa necesidad de llevarse a su hija, quien curso estudios en dicho país, en el departamento de Sucre, en el Instituto Educativo San Juan Bautista de la Salle, según consta de Acta No 65 emanada por esa Institución la cual anexo marcado con la letra “B”, así como de Diploma de Bachiller Académico que anexo marcado con la letra “C”.
Alega el solicitante que en virtud que su prenombrada hija ha regresado a la Republica Bolivariana de Venezuela, y es su voluntad de continuar sus estudios en este País, pero carece de documentos de identidad para continuar los mismos, es por lo que acude ante la competente autoridad para que se sirva ordenar la Inserción de la Partida de Nacimiento de su hija ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ y así poder tramitarle su cédula de identidad Venezolana.
En fecha 01 de noviembre de 2010, este Tribunal admite la presente solicitud, y ordena oficiar al Fiscal del Ministerio Público a fin de notificarlo del presente procedimiento. Asimismo, se ordeno la publicación de un Edicto en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento; el cual se libró en esa misma fecha; asimismo, se ordenó oficiar al Registro Civil del Municipio Libertador y al Registro Principal del Distrito Capital; de igual manera se ordeno abrir una articulación probatoria de diez (10) días a los fines de que la parte interesada acredite las probanzas que considere pertinente en apoyo a su solicitud, conforme a las previsiones contenidas en los artículos 770 y 773 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 10 de febrero de 2011, compareció el Abogado José Enrique Mata Espinoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 51.489, mediante el cual consignó edicto publicado en el diario Ultimas Noticias, igualmente consignó un (1) juego de copias fotostáticas a los fines de su certificación y solicitó se notificara al Fiscal del Ministerio Publico.-
En fecha 14 de febrero de 2011, se dicto auto fijando oportunidad para la evacuación de la testigo ciudadana ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a la presente fecha a las 9:30 a.m., asimismo se ordenó librar boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Publico.-
En fecha 17 de febrero de 2011, se dejó constancia por Secretaría de haberse declarado desierto el acto de declaración de la testigo ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, en virtud de su incomparecencia.
En fecha 21 de marzo de 2011, compareció el Abogado José Enrique Mata Espinoza, mediante el cual solicitó a este tribunal se sirva fijar nueva oportunidad a los fines de evacuar la testimonial.-
En fecha 28 de marzo de 2011, se dicto auto fijando nueva oportunidad para la evacuación de la testigo ciudadana ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, para el TERCER (3er) día de despacho siguiente a las 11:00 a.m.
En fecha 31 de marzo de 2011, se dejo constancia del acto de declaración de la tercera interesada ciudadana ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, quien manifestó ser hija legítima del solicitante ciudadano ISMAEL FLOREZ.
En fecha 06 de abril de 2011, compareció el Abogado GERARDO ENRIQUE SALAS, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Segundo (encargado) del Ministerio Público, y estampó diligencia manifestando no tener ninguna objeción a la presente solicitud e igualmente que se cumplieron con todas y cada uno de los requisitos establecidos por la Ley. En fecha 07 de abril de 2011, compareció el ciudadano Wilfredo Moscán, Alguacil adscrito a este Circuito Judicial y dejó constancia de haber notificado al representante del Ministerio Público.
Encontrándose este Tribunal para decidir al respecto observa:
Cumplidas como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 458 y 561 del Código Civil en concordancia con los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento presentada por el ciudadano ISMAEL ARTURO FLOREZ ATENCIA y como quiera que los elementos probatorios aportados se desprende que la hija del solicitante ciudadana ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ nació el fecha 18 de Mayo de 1990, según consta del certificado de nacimiento expedido por el Hospital Materno Infantil “Dr. Pastor Oropeza”, de Caricuao, y no aparece inserta su partida de nacimiento. En Consecuencia este Juzgado por todas las razones arriba expuestas ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana ISAMAR DEL CARMEN FLOREZ HERNANDEZ, en los Libros de Registro Civil de Actas de Nacimiento llevados por el Registro Principal de la Ciudad de Caracas, a cuyos fines se ordena librar oficios remitiendo copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los catorce (14) días del mes de abril del dos mil once (2011).
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