REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 28 de abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2009-004170
ASUNTO : JP21-P-2009-004170

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: JAVIER JOSE GUERRA REQUENA, de nacionalidad venezolana, natural de Villa de Cura, Estado Aragua, nacido en fecha 22/05/91; de 19 años de edad, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PRIVADA.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITES POSIBLE REGIMEN ABIERTO.

Visto el auto anterior de reforma del cómputo de pena por redención, realizado a favor del ciudadano JAVIER JOSE GUERRA REQUENA, mediante el cual se determinó que opta al beneficio de REGIMEN ABIERTO desde el 03/09/10. Este Tribunal Primero de Ejecución conforme a lo establecido en el artículo 479.1, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO y en consecuencia ORDENA:

1.- Librar oficio al Director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, solicitando remita a este Tribunal información sobre la posible existencia de otro Asunto Penal o procedimiento jurisdiccional seguido en contra del penado, cuya existencia corresponda al cumplimiento de la pena, así como asunto penal en el cual le haya sido revocada con anterioridad algunas de las formas de cumplimiento alternativo de pena.

2.- Librar oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando la certificación actualizada de Antecedentes Penales del penado, remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia.

3.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de Los Morros, a fin de que sea realizada la evaluación Psico-Social al penado, para lo cual se le remitirá anexo copia certificada de la sentencia y del cómputo actualizado de pena.

4.- Notificar al penado y a su defensa de la necesidad de que consigne en autos la correspondiente oferta de trabajo, correspondiente a la ciudad donde pretenda gozar del beneficio de Régimen Abierto y carta de residencia del apoyo familiar.


DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor del ciudadano JAVIER JOSE GUERRA REQUENA, de nacionalidad venezolana, natural de Villa de Cura, Estado Aragua, nacido en fecha 22/05/91; de 19 años de edad, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1, 493 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense los oficios correspondientes y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los veintiocho (28) días del mes de abril de 2011.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,


DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

LA SECRETARIA,


ABOG. INES RODRIGUEZ