REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 06 de abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2009-001099
ASUNTO : JP21-P-2009-001099

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADOS: DANIEL ALFONZO SORTINO GONCALBE, de nacionalidad venezolana, Natural de Zaraza, Estado Guárico, titular de la cédula de identidad Nº 22.880.652, con fecha de nacimiento el 12/03/91, de 19 años de edad, hijo de los ciudadanos María Goncalbe y Sortino Salvador y JHON JOSE RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, Natural de Zaraza, Estado Guárico, titular de la cédula de identidad Nº 26.070.782, con fecha de nacimiento el 16/09/87, de 23 años de edad, ambos actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL II.
DECISION: INICIO TRAMITES POSIBLE OTORGAMIENTO REGIMEN ABIERTO.

Visto los autos de reforma de cómputo de penas por redención de fecha 31/03/11, mediante las cuales se determinó como fecha para optar al Régimen Abierto el 23/05/10 y toda vez que de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08 y con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, mediante la cual se suspendió la aplicación del último aparte de los artículos 406 y 458 del Código Penal (hasta tanto se dicte sentencia definitiva en relación al recurso de nulidad), permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de los beneficios de cumplimiento alternativo de la pena, este Tribunal Primero de Ejecución ACUERDA INICIAR DE OFICIO LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal; y para ello ORDENA:

1.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de los Morros, solicitando se les practique a los penados a la brevedad posible la evaluación Psico-Social, remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia, del auto de reforma de cómputo de pena y del presente auto.-

2.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita a este Despacho, con la prontitud del caso, la constancia actualizada de los posibles antecedentes penales que pudieran presentar los penados.

3.- Ofíciese al director del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, a los fines de solicitar información sobre si tiene conocimiento de otros Asuntos Penales o procedimientos jurisdiccionales que se sigan en contra de los penados y cuya vigencia corresponda al cumplimiento de la pena.

4.- Notificar a los penados para que consignen una OFERTA DE TRABAJO de la ciudad donde pretendan cumplir el beneficio de Régimen Abierto y la correspondiente CARTA DE RESIDENCIA del apoyo familiar.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor de los ciudadanos DANIEL ALFONZO SORTINO GONCALBE, de nacionalidad venezolana, Natural de Zaraza, Estado Guárico, titular de la cédula de identidad Nº 22.880.652, con fecha de nacimiento el 12/03/91, de 19 años de edad, hijo de los ciudadanos María Goncalbe y Sortino Salvador y JHON JOSE RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, Natural de Zaraza, Estado Guárico, titular de la cédula de identidad Nº 26.070.782, con fecha de nacimiento el 16/09/87, de 23 años de edad, ambos actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los seis (06) días del mes de abril de 2001.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,


ABOG. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,


ABOG. INES RODRIGUEZ