REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 06 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2009-002859
ASUNTO : JP21-P-2009-002859

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADA: YESSICA MARIA PAEZ, de nacionalidad venezolana, no registra cédula de identidad, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 04/02/88, de 22 años de edad, hija de los ciudadanos Ana Páez y Michael Bravo, con residencia en la urbanización Las Garcitas, calle 02, casa s/n, de Valle de La Pascua, Estado Guárico, actualmente recluida en el Anexo Femenino de la Penitenciaría General de Venezuela.
DEFENSA: PUBLICA PENAL I.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITE POSIBLE DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Visto el auto anterior de reforma del cómputo de pena por redención de fecha 31/03/11 relacionado con la penada YESSICA MARIA PAEZ, en el cual se determinó como fecha para optar al beneficio del Destacamento de Trabajo el 22/04/11, fecha próxima a cumplirse. Este Tribunal Primero de Ejecución conforme a lo establecido en el artículo 479.1, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, mediante la cual se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 458 del Código Penal, en el cual se encuentra previsto el delito de ROBO AGRAVADO, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de beneficios penales, acuerda DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO y en consecuencia ORDENA:

1.- Librar oficio a la Dirección del Anexo Femenino de la Penitenciaria General de Venezuela, solicitando información sobre la posible existencia de otro Asunto Penal que se sigua en contra de la penada o procedimiento jurisdiccional, y cuya vigencia corresponda al cumplimiento de la pena.

2.- Librar oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando la certificación actualizada de Antecedentes Penales de la penada.
3.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de san Juan de Los Morros, a fin de que sea realizada la evaluación Psico-Social a la penada, remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia y del auto de reforma de cómputo de pena.

4.- Librar oficio a la Caja de Trabajo Penitenciario, solicitando información sobre la posibilidad de ofertad laboral a la penada, indicándosele en el oficio el delito, la pena y el lugar de reclusión donde se encuentra el penada.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor de la ciudadana YESSICA MARIA PAEZ, de nacionalidad venezolana, no registra cédula de identidad, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 04/02/88, de 22 años de edad, hija de los ciudadanos Ana Páez y Michael Bravo, con residencia en la urbanización Las Garcitas, calle 02, casa s/n, de Valle de La Pascua, Estado Guárico, actualmente recluida en el Anexo Femenino de la Penitenciaría General de Venezuela. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense los oficios correspondientes y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los seis (06) días del mes de abril de 2011.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,


DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

LA SECRETARIA,


ABOG. INES RODRIGUEZ