JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. TUCUPIDO, 01 DE ABRIL DE 2011.
200° Y 151°
Vista la proposición hecha por el Ciudadano JOSÉ GREGORIO SILVA, en su carácter de demandado, y la aceptación de la Ciudadana: MARIANYULI SILVA, insertada en el folio N° 37, donde se estableció de aumento para la manutención, depositara en la cuenta de ahorro que esta aperturada, en el Banco Bicentenario, la cantidad de CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 50,oo) QUINCENAL, que equivale a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,oo) QUINCENAL, y lo correspondiente a la e´poca escolar y decembrina y en su totalidad de gastos de medico, medicinas en el caso que lo amerite.- En consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.-
El Juez Provisorio;



Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria Temporal;


Abg. Dayris Arvelaez Ramos.




Exp. N° 854-09.
VRVB/DAR/mildred.