REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÈLIX RIBAS DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO


TUCUPIDO, 04 DE ABRIL DE 2011.
200° y 151°


Visto el convenimiento celebrado ante este despacho en fecha 01 de Abril del 2011, en el Expediente Nº 923-09, con motivo de aumento de obligación de manutención realizado por la ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN TORRES YAGUARAN, quien actúa en representación y madre del niño JESUS ANTONIO RUIZ TORRES, y del Ciudadano CESAR TEOBALDO RUIZ RODRIGUEZ, quien propuso se mantenga el monto de obligación de manutención para su hijo, de la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,oo), para cubrir gastos de obligación alimentaría, correspondiente a la época escolar y época decembrina en su totalidad, igualmente medico y medicina cuando se amerite, y la aceptación de la misma en esta fecha, por parte de la ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN TORRES YAGUARAN; en representación de su hijo JESUS ANTONIO RUIZ TORRES. El Tribunal administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado el presente acuerdo e imparte su homologación. Provéase lo conducente.-

El Juez:

Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño.


La Secretaria Acc;


Lic. Mildred Moreno Soler


Exp. Nº 923-09
VRVB/MMS/joan.