En el dìa de hoy 06 de Abril de 2011, siendo las 9:00 horas de la mañana, acordada como ha sido la habilitación del Tribunal por el tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Geronimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con la presencia de la parte Querellante Minerva Angelina León de Rodríguez, titular de la cedula de Identidad Nº V-13.949.070, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Mauro Lombardo, Inpreabogado Nº 42.012, en el Inmueble ubicado en la Calle 6 con Carrera 2, casa sin numero visible, de esta ciudad de Calabozo Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de practicar Medida de Notificación de Amparo ordenado en la presente Comisión Nº 661-2011, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios, sede Calabozo. Presente en este acto la ciudadana Magali Aminta Noguera Pérez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.271.485, quien fue notificada de la misión del Tribunal en su Carácter de parte Querellante en la presente Causa, la cual consiste en notificarla que debe ABSTENERSE DE EJECUTAR ACTOS DE PERTURBACION, PROVOCACION O AMENAZAS, que coarten los Derechos de posesión o impidan la Construcción que realiza la Querellante sobre una casa para habitación familiar, ubicada en la Calle 6, entre Carreras 2 y 3 de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, alinderada de la manera siguiente: NORTE: Calle 6, en Dieciocho metros con Cincuenta Centímetros (Mts 18,50); SUR: Casa de Juan Martínez en Veinte metros (Mts 20,00); ESTE: Sara Pérez, en Cuarenta y Ocho metros con Ochenta y Cinco centímetros (Mts 48,85) y OESTE: Lo que es o fue de Abrahan Arvelo en Treinta metros con Ochenta y Cinco Centímetros (Mts 30,85), es decir contra la parte Querellante ciudadana Minerva Angélica León de Rodríguez ya plenamente identificada. Como consecuencia de la presente Notificación queda la ciudadana Magali Aminta Noguera Pérez ya plenamente identificada, que es un DECRETO JUDICIAL de obligatorio acatamiento a partir de la presente fecha, acto seguido el Tribunal Cumplida como ha sido la presente Comisión este Tribunal ordena regresar a su sede natural siendo las 11:30, hora de la mañana, dejando constancia que se encontraba custodiado por los efectivos Sto Mayor de tercera Escalona Camacho Jean Carlos titular de la Cedula de Identidad Nº V- 15.769.970 y el Sgto/2º Arellano Torres Saulo, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 17.277.582, adscritos al Destacamento Nº 65, Comando Regional Nº 6, de la Guardia Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, quienes dan fe de todo lo actuado en el presente acto, es todo terminó, fue leído y conformes firman. La Juez, Abg. Natacha Braschi. La Parte Querellante y su Abogado Asistente. La Querellada y Notificada. Los Efectivos de la Guardia Nacional La Secretaria. Yelitza Flores. La Alguacil. Francis Mújica.
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