En horas de Despacho del día de hoy, Cinco (05) de Abril del 2011, siendo las 9:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la MEDIDA DE EJECUCIÒN DE SENTENCIA decretada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, en fecha 15-03-11, con motivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSE FRANCISCO CASTILLO INFANTE, C. I. Nª 4.713.210, en contra el Acto Administrativo de Remoción dictado por el Director de Recursos Humanos de la GOBERNACIÒN DEL ESTADO GUARICO. Trasladó y constituyó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía de la ABG. BELKYS FIGUERA Inpreabogado Nª 61.267 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora; encontrándonos ubicados en la sede de la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Guárico, situada en la Calle Mariño de ésta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de Ley fuimos atendidos por la Ciudadana ABG. ROSA ELENA CALLEJAS, en su carácter de Directora de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Guárico, a quien se le notificó sobre la misión que viene a cumplir este Juzgado. En este estado la abogado ejecutante solicita el derecho de palabra, y expone: “solicitó se practique la Medida de Ejecución ordenada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, y que el Tribunal deje constancia de que efectivamente se cumpla con dicha incorporación, es todo”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas notifica a la Ciudadana Directora de Recursos Humanos del referido organismo, que a partir de este momento el ciudadano JOSE FRANCISCO CASTILLO INFANTE Titular de la Cedula de Identidad Nº 4.713.210, queda incorporado al cargo de Jefe de Registro y Control, proveyéndosele de manera inmediata a su sitio de trabajo, asi como de los recursos necesarios para el cumplimiento de las labores inherentes al mismo y todo cuanto guarde relación con su estabilidad laboral, asimismo se le advierte a la notificada que cualquier forma de resistencia o incumplimiento de lo ordenado puede generar responsabilidades civiles y penales y se realizará todo lo conducente para que los órganos competentes promuevan las acciones a que haya lugar, todo a los fines de garantizar la Tutela Judicial efectiva consagrada en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Seguidamente el Tribunal le concede la palabra a la notificada, Directora de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Guárico, quien expone: “En acato a lo establecido en la sentencia emanada del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, de fecha 02-11-2004, la cual fue declarada firma por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 02-06-2005, éste Despacho procedió a reincorporar en la nómina del personal administrativo LN, a partir del día 01de Abril del 2011, al ciudadano: INFANTE CASTILLO JOSE FRANCISCO Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.713.210, con una asignación mensual integral de bolívares 4.578,oo movimiento éste que se hará efectivo a partir de la primera quincena del mes de Abril del presente año, para lo cual consigno en este acto copia simple del mencionado movimiento, es todo”. En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA EJECUTADA LA PRESENTE COMISIÒN Y REINCORPORA AL CIUDADANO JOSE FRANCISCO INFANTE CASTILLO AL CARGO DE JEFE DE REGISTRO Y CONTROL, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; LA PARTE ACTORA (Fdo Ilegible) JOSE FRANCISCO INFANTE CASTILLO; LA APODERADO JUDICIAL (Fdo Ilegible) ABG. BELKYS FIGUERA; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) ABG. ROSA ELENA CALLEJAS; LA ALGUACIL TEMPORAL (Fdo Ilegible) ARIANA RAMIREZ y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.-