ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-001240
PARTE ACTORA: VICENTE JOSE VILORIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MANUEL FILGUEIRA
PARTE DEMANDADA: SCHERING-PLOUGH, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VANESSA MANCINI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 9 de Agosto de 2011, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano VICENTE JOSE VILORIA, titular de la cédula de identidad número 9.198.809 en su carácter de parte actora conjuntamente con su apoderado judicial, abogado en ejercicio MANUEL FILGUEIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 114.090 y por la parte demandada, su apoderada judicial, abogado en ejercicio VANESSA MANCINI, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 145.287 dándose inicio a la audiencia. En este estado, ambas partes, han llegado a un acuerdo de mediación de la forma como se expresa en el escrito transaccional que se consigna en este acto, constante de tres (3) folios útiles y copias de los cheques con los cuales se paga la obligación. En este estado, se ordena agregar a los autos para que surta sus efectos legales. De su revisión exhaustiva, se evidencia que no fueron vulneradas normas de orden público ni derechos ni derechos irrenunciables del trabajador; por tal motivo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO SUSCRITO POR AMBAS PARTES EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo, se deja constancia que el pago le fue realizado al trabajador en este mismo acto mediante cheques identificados en el acuerdo transaccional. Se deja constancia que el acuerdo transaccional formará parte de la presente acta. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar.
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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