REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Once (11) de Agosto de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP31-S-2011-008051
Vista la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por el ciudadano SIMON AGAPITO RIVERA PLUAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-24.883.428, asistido por el abogado Carlos Enrique Gomez Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.892, este Tribunal antes de resolver sobre lo solicitado hace las siguientes consideraciones:
La referida solicitud se ha hecho bajo la forma de jurisdicción voluntaria, según la cual la función del Juzgador deberá limitarse, dentro del ámbito de su competencia a instruir las diligencias comprobatorias de los hechos constitutivos de los supuestos fácticos de las normas en los cuales se fundamenta la situación jurídica planteada; así pues de la lectura de la solicitud presentada ante este Despacho judicial se observa que el ciudadano SIMON AGAPITO RIVERA PLUAS, supra identificado, solicita de este Órgano Jurisdiccional, se decrete el Divorcio de conformidad a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, sobre el vinculo conyugal que le une a la ciudadana SOFIA ESPERANZA MARTILLO DE RIVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-22.910.167, el cual fue contraído por ellos en fecha 12 de octubre de 1974, por ante la Jefatura Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Campuzano, Provincia de Manabí de la República del Ecuador, y del que procrearon cinco (5) hijos, mayores de edad todos y de nombres: SANTA GERMANIA RIVERA MARTILLO, EDINSON IGNACIO RIVERA MARTILLO, ELVIA MARITZA RIVERO MARTILLO, EDUARDO AQUILES RIVERA MARTILLO y SIMON ANGEL RIVERA MARTILLO, venezolanos los cuatro primeros, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-23.685.264, V-22.646.829, V-23.628.092, V-23.631.313 y E-83.032.646, respectivamente.
Señala el solicitante, que se encuentra separado de su conyugue, desde hace aproximadamente 18 años, y que durante dicho período, la ciudadana SOFIA ESPERANZA MARTILLO DE RIVERA, supra identificada, estableció una relación de hecho, con el ciudadano ELEUTERIO SOTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.403.909, de la cual procreó un hijo de nombre LUIS ARTURO SOTO MARTILLO, quien es menor de edad.
Ahora bien, a fin de determinar la competencia del Tribunal, este Juzgador considera necesario traer a colación el contenido del artículo 3 de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, que establece:
“…Los Juzgados de Municipio conocerán de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza…”. (Subrayado del Tribunal)
Del artículo antes descrito, se evidencia que el Tribunal competente por la materia para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, son los Tribunales de Protección del Niño, Niña y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, toda vez que se encuentra involucrado una menor en la solicitud requerida, razón por la cual se DECLINA la COMPETENCIA en razón del materia al Circuito Judicial de Tribunales de Protección del Niño, Niña y del Adolescentes de la citada Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir la presente solicitud anexo a oficio, a los fines que conozca y sustancie la presente Solicitud, ello en virtud del contenido del artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009. Líbrese Oficio, en concordancia con el literal “L” del Parágrafo Segundo del Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes.- Cúmplase.-
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA,
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