REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, dos (02) de agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2010-012798
DEMANDANTE: VIKY VISNEY RODRIGUEZ ANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V-18.442.165.
DEMANDADO: ANGEL STEVEN TOVAR MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.378.316.
MOTIVO: REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
NIÑO: SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA.
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Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista el acta de fecha 01/07/2011 contentiva de FASE DE MEDIACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, mediante la cual los ciudadanos: VIKY VISNEY RODRIGUEZ ANGEL y ANGEL STEVEN TOVAR MARTINEZ, titulares de las Cédula de Identidad Nros V- 18.442.165 y V- 16.378.316, llegaron a un ACUERDO DE MEDIACION en cuanto a la Obligación de Manutención a favor del niño SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA; todo de conformidad con el artículo 469 y 470 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en consecuencia, esta Jueza del Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA dicho acuerdo en forma TOTAL, razón por la cual se le pone fin al proceso, le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito. Cúmplase.-
Dada, Firmada y Sellada en el Despacho de esta JUEZA DEL JUZGADO SEPTIMO (7°) DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. En Caracas, a los dos (02) días del mes de agosto de dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZA
ABG. JUDITH EUMELIA LOBO
LA SECRETARIA
ABG. BETSY VERACIERTA
JEL/BV/Samuel
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