REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 02 de agosto de 2011


ASUNTO: AP51-J-2011-013443

SOLICITANTE: AQUILINA ANTONIA ACOSTA DE LAFFONT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nor. V-5.182.015.
ABOGADO ASISTENTE: CARMEN ALEXANDRA MACIAS HERNANDEZ, actuando en su carácter de Defensora Publica Décima Quinta (15°) del Sistema de Protección.
ADOLESCENTE: SE OMITEN DATOS, de diecisiete (17) años de edad.
MOTIVO: TUTELA

Se dio inicio a la presente solicitud de fecha 23 de junio de 2010, mediante escrito presentado por la abogado CARMEN ALEXANDRA MACIAS HERNANDEZ, actuando en su carácter de Defensora Publica Décima Quinta (15°) del Sistema de Protección, en interés de los derechos de la adolescente SE OMITEN DATOS de diecisiete (17) años de edad, a solicitud de la ciudadana AQUILINA ANTONIA ACOSTA DE LAFFONT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nor. V-5.182.015, mediante la cual solicita la apertura del procedimiento de Tutela correspondiente, por cuanto en los actuales momentos tiene bajo su cuidado, protección y responsabilidad de su nieta la adolescente de marras, en virtud de la muerte de su madre.
En fecha 20/07/2011, se le dio entrada y se admitió, fijando oportunidad para la comparecencia de las personas propuestas para ejercer, los cargos de TURTOR, PROTUTOR, SUPLENTE DEL PROTUTOR, y EL CONSEJO DE TUTELA.
En fecha 01/08/2011, se dejo acta constancia de la comparecencia de los ciudadanos AQUILINA ANTONIO ACOSTA DE LAFFONT, DIOGELYS DEL VALLE LAFFONT FLORES, YANETH COROMOTO LAFFONT ACOSTA, YAIRA KELLY LAFFONT ACOSTA, ARELYS COROMOTO SOTO ACOSTA y YORMAN JOSE LAFFONT ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad N° V- 5.182.015, V-17.715.160, V-6.949.249, V-6.949.248, V- 10.482.316 y V-17.488.017, respectivamente quienes aceptaron el cargo como Tutora, Protutora, Suplente de la Protutora y Miembros del Consejo de Tutela.
Ahora bien, vista la juramentación y aceptaciones de los cargos propuestos en el presente procedimiento en fecha 01/08/2011, realizadas primero: por la ciudadana AQUILINA ANTONIO ACOSTA DE LAFFONT, con el cargo de TUTORA, la ciudadana DIOGELYS DEL VALLE LAFFONT FLORES como PROTUTORA; la ciudadana YANETH COROMOTO LAFFONT ACOSTA, como SUPLENTE DEL PROTUTORA; y los ciudadanos YAIRA KELLY LAFFONT ACOSTA, ARELYS COROMOTO SOTO ACOSTA y YORMAN JOSE LAFFONT ACOSTA, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, todos previamente identificados, de la adolescente SE OMITEN DATOS, de diecisiete (17) años de edad, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 313 y 314 del Código Civil, DISCIERNE los cargos antes mencionados, con todos los deberes inherentes al mismo a dichos ciudadanos, en consecuencia, se decreta la Tutela Interina a favor de la adolescente SE OMITEN DATOS. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión y de la solicitud, para lo cual se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos respectivos, y una vez que conste ello en autos se proveerá lo conducente. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ


Abg. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
LA SECRETARIA,


Abg. SHIRLEY FARFÁN GÓMEZ

En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,


Abg. SHIRLEY FARFÁN GÓMEZ

JOC/SF/mm.