REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2011-004082
Visto la transacción presentada en fecha 08 de diciembre de 2011, por una parte, el ciudadano YORWIN TORRES, titular de la cédula de identidad Nro. 14.867.460, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE FAJARDO, I.P.S.A. Nro. 95.909, y por la otra, el abogado en ejercicio ALBERTO SILVA, I.P.S.A. Nro. 66.093, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada: ORGANIZACIÓN MAZVA,C.A., mediante el cual, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, celebran transacción en donde la parte demandada cancela a la demandante la suma de Bs. 19.288,16, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en el Instrumento Poder otorgado al apoderado judicial de la demandada, y por cuanto la transacción celebrada, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto LA MEDIACION HA SIDO POSITIVA, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada.
La Jueza
Abg. Olga Romero
El Secretario
Abg. Tomás Mejías
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