REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP11-V-2011-001272

Tal y como fue acordado por auto de esta misma fecha y visto nuevamente el libelo de demanda, así como los recaudos consignados, presentados por los abogados CLODOMIRO JOSÉ BARROETA BRICEÑO y CARLOS EDUARDO AINAGAS MACHUCA, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nros. 168.493 y 167.451, respectivamente, en representación del ciudadano JESÚS GREGORIO CUBILLAN CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 14.386.948, este Tribunal considerando que no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, ADMITE la demanda, cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio en concordancia con el artículo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ordena emplazar al ciudadano JOSÉ ANTONIO BRAVO BUSTAMENTO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.520.319, de este domiciliado, para que comparezca por ante este Tribunal dentro del segundo (2) día de despacho siguiente a la constancia en autos de la última citación practicada, en cualquiera de las horas comprendidas de despacho entre 8:30 a.m. y 3:30 p.m, a los fines de que de contestación a la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue el ciudadano JESÚS GREGORIO CUBILLAN CASTILLO, contra su persona. Compúlsense el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Respecto a la medida preventiva solicitada, el Tribunal proveerá por auto separado en el cuaderno de medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo, copias certificadas del libelo de la demanda y sus respectivos anexos.-
LA JUEZ

SARITA MARTÍNEZ CASTRILLO

LA SECRETARÍA

NORKA COBIS RAMÍREZ
En esta misma fecha se libró compulsa de citación y se ordenó aperturar el cuaderno de medida.-
LA SECRETARÍA

NORKA COBIS RAMÍREZ













SM/NC/Daisy Nuñez