ACTA
Tribunal 36° SME.-
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003860


En el día de hoy, 15 de Diciembre de 2011, a las 02:00 p.m., siendo la oportunidad de la celebración de la prolongación, anunciado como ha sido en la sala de anuncios del circuito se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, a través de su apoderado judicial, el abogado, Carlos Hernández, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 81.916, igualmente se deja constancia de la comparecencia de la demandada, UNONIDO COMERCIALIZADORA, C.A, a través de su apoderado judicial, el bogado, Raul Medina, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 112.135, cuyos poderes riela en autos, ambos abogados facultados para transigir. Igualmente se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Claudio Biondi, portador de la Cédula Nro. V- 13.290.428, quien señaló ser el administrador de la demandada. En este estado, el apoderado judicial ya identificado de la demandada expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “Dejo constancia en este acto que hago el siguiente ofrecimiento: la cantidad BOLIVARES CIEN MIL EXACTOS (Bs. 100.000,00), para ser pagados en este mismo acto Bs. 30.000,00, mediante cheque Nro. 13002520 del Banco Corp Banca, a nombre de Edgar Almao, de fecha 15 de Diciembre de 2011, no endosable, y la diferencia de Bs. 70.000,00 en dos cuotas. Una por Bs. 35.000,00 para ser pagada el día 31 de Enero de 2012, en horas de despacho en la URDD de este Circuito Judicial y la segunda cuota por Bs. 35.000,00 para ser pagada el día 29 de febrero de 2012, en horas de despacho en la URDD de este Circuito Judicial. Los conceptos que se transan a través del pago ofrecido son los demandados, los cuales damos totalmente por reproducidos en este acto. Es todo” En este estado la parte actora expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “En representación de mi mandante, ciudadano, EDGAR ALMAO, acepto el ofrecimiento realizado por la cantidad y en los términos expuestos por la parte demandada y dejo constancia que recibo en este acto el cheque anteriormente descrito por el monto anteriormente descrito. Es todo” Igualmente en este estado ambas partes solicitan al tribunal se homologue la presente transacción. En este estado el Tribunal visto el acuerdo al cual llegaron las partes lo HOMOLOGA en los términos expuestos, visto que no es contrario a derecho. En este estado el tribunal y las partes comparecientes dejan constancia que el tribunal hace entrega en este acto de los escritos de pruebas y sus respectivos anexos a cada una de las partes, respectivamente. Visto el acuerdo celebrado y homologado se da por terminado el acto. Es todo. Conforme firman.


Abog. Angélica Hernández
La Juez

La Parte Actora


La Parte Demandada


Abog. Antonio Boccia
El Secretario