En el día de hoy, 14 de Diciembre de 2011, siendo las 9:00 horas de la mañana, acordada como ha sido la habilitación del Tribunal por el tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con la presencia de la parte actora Yanisca Dinorah Ferrer Fleitas titular de la Cedula de Identidad Nº V- 11.796.769, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio Yully Concepción Molina Yépez Inpreabogado Nº 160.532, en el Estacionamiento del Liceo Francisco de Miranda, de este Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, a los fines de practicar Medida de Embargo Preventivo, ordenado en la presente Comisión Nº 697-2011, emanado del Juzgado Primero de los Municipios sede Calabozo. Presente en este acto el ciudadano Luís José Aparicio Solórzano, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 18.405.624, quien fue notificado de la misión del tribunal. Seguidamente el Tribunal procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano Dennys Jesús Andrea D` Jesús, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.410.035, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 539 del Código de Procedimiento Civil y como Perito Avaluador al ciudadano Luís Felipe García, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 19.600.687, a quienes se les concedió el Derecho de palabra y manifestaron: “Aceptamos el cargo recaído en nuestra persona y Juramos cumplir bien y fielmente con las funciones inherentes al mismo. En este estado interviene la parte actora Yanisca Ferrer Fleitas, asistida de Abogado ambos ya plenamente identificados y expone: “Señalo para que sea Embargado en este acto un Vehiculo de las siguientes características: Clase Automóvil; Tipo: Sedan; Uso Particular; Marca Hyundai; Modelo AFCENT Familiar 131 MT 4 puertas; Año 2004; Color Blanco; Serial del Motor: G4EA2364972; Serial de Carrocería; 8X1VF21LP4Y000138; Placa: EAL-90M, el cual es propiedad de la parte demandada Simprilo Antonio Godiño conforme a Documento de fecha 13 de Marzo de 2008, Notariado bajo el Nº 36; Tomo 38, por ante la Notaria Publica Segunda de Barinas, es todo. “Seguidamente el Tribunal visto el Señalamiento formulado por la parte actora DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo antes señalado y plenamente identificado, en consecuencia ordena agregar a los autos de la presente comisión documento en copia fotostática y por consiguiente el perito designado presenta su informe de la manera siguiente: “El Vehiculo en referencia se encuentra en regular estado pintura con detalles en general de color blanco, con rayones vida útil probable de los Cauchos 30% golpe leve en la maletera, golpe leve en Guardafangos derecho delantero, tapicería con daños visibles, posee gato y Caucho de repuesto, es por lo que valora en la cantidad de Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,00) aproximadamente es todo. “En este estado el Tribunal HACE ENTREGA Y PONE EN POSESION del Depositario Judicial Dennys Andrea el Vehiculo Embargado quien estando presente manifiesta que lo recibe conforme a los efectos del traslado del mismo al Deposito respectivo a los fines de la guarda y custodia de Ley. Cumplida como ha sido la presente comisión este Tribunal ordena regresar a su sede natural siendo las 12:00 horas del mediodía, dejando constancia que se encontraba custodiado por los efectivos Sgto/ 1º Rincón Luna Jhoan, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 15.502.577 y el Sgto/2º Monterrosa Contreras Ever, titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.679.029, adscritos al Destacamento Nº 65, Comando Regional Nº 6, de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela quienes dan fe todo lo actuado en el presente acto, en este estado interviene la parte actora ya plenamente identificada y debidamente asistida de Abogado y expone: “Me reservo el derecho de seguir señalando cualquier otro bien mueble e Inmueble propiedad de ciudadano Simprilo Antonio Gudiño, es todo, termino, fue leído y conformes firman: la Juez. Abg. Natacha Braschi Dumith. La Parte Actora y su Abogado Asistente. El Notificado. El Depositario. El Perito. Los Efectivos de la Guardia Nacional. La Secretaria Yelitza Flores. La Alguacil Francis Mújica.
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