REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiseis de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO : AP21-L-2010-006004
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 24 de enero de 2011, por el ciudadano WILLYS ABARGO, titular de la cédula de identidad Nro. 12.113.059, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIA RODRIGUEZ, IPSA Nro. 108.260 por una parte, y por la otra, la empresa “REPRESENTACIONES 6301,C.A.”, parte oferente, debidamente representada por el abogado en ejercicio JOSE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.192; en el cual llegan a un acuerdo de Bs. 10.000,00 cancelados en el mismo acto mediante cheque consignado en copia simple, este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En relación con las copias certificadas solicitadas de la transacción y del presente auto, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Carmen L. Romero
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