REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 26 de enero de 2011
200º 151º
ASUNTO PRINCIPAL: JP01-P-2004-000684
ASUNTO : JP01-P-2004-000684


PENADO: JESUS ERNESTO CORREA
DECISION: SOLICITUD DE LIBERTAD PLENA

Que el penado JESUS ERNESTO CORREA, fue condenado mediante sentencia por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control Nº 01 del Circuito judicial Penal del Estado Guarico, en fecha 13-04-2004, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del Delito de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA Y ESCALAMIENTO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el articulo 455, ordinales 4º 6º ultimo aparte del Código Penal en relación con el articulo 80 ambos del Código Penal.
Ahora bien, se observa de las actas procesales que el penado JESUS ERNESTO CORREA, titular de la cedula de identidad Nº 18.617.607, estuvo detenido por primera vez en fecha 16.08-2004, permaneciendo detenido, y hasta el día 05-04-2005 fecha en la que este tribunal Segundo de Ejecución otorgara el Confinamiento, dando un total de detención de SEIS (06) MESES, ONCE (11) DIAS, posteriormente en fecha 01-08-2005, le fue revocado el Beneficio acordado, librándose orden de captura. Para la fecha 11/12/2010 fue capturado el mencionado penado Jesús Ernesto Correa, permaneciendo detenido hasta el día de hoy, siendo UN (01) MES y QUINCE (15) DIAS. Consideraciones por las cuales este Tribunal deberá decretar la libertad plena por cumplimiento de la pena impuesta, el día de hoy 26-01-2011 al penado. Y así se decide

DISPOSITIVA

Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 02 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano JESUS ERNESTO CORREA, venezolano, mayor de edad, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, donde nació en fecha 15-07-1985, titular de la cédula de identidad Nº 18.617.607, por cumplimiento definitivo de pena. Es por ello que este Tribunal de Ejecución, Nº (02), del Circuito Judicial Penal, con sede en san Juan de los Morros, Estado Guárico, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de su Ley, da por concluido el presente Asunto Penal, por cumplimiento de pena del penado JESUS ERNESTO CORREA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.617.607, a tal efecto decreta su libertad plena. Ofíciese lo Conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, a los fines de exclusión. Líbrese boleta de excarcelación al Director del Internado Judicial Los Pinos. Ofíciese lo conducente al sitio de Reclusión. Notifíquese. Diarícese. Anótese. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ,


IGOR EDUARDO ACOSTA HERRERA
EL SECRETARIO,


ABG. JORGE TESARE.



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

EL SECRETARIO



IEAH.