PARTE DEMANDANTE: YENNILETH CAROLINA MALAVE RIOS, titular de la cédula de Identidad número V.-15.527.711

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO

PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO LOS ALAMOS y LUIS RAMON ROYET

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado LUISA ELENA DELGADO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.677

En el día de hoy martes (08) de febrero de dos mil once (2.011), siendo las (11:30 a.m .), de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia de la no comparecencia de la PARTE ACTORA ni por si ni por medio de apoderado alguno; no así la PARTE DEMANDADA quien lo hace a través de su apoderado judicial Abogado LUISA ELENA DELGADO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.677 carácter este que acredita a través de la consignación de instrumento poder que este Tribunal tiene a la vista y la ciudadana JULIANA DEL VALLE MENDIBLE ROJAS titular de la Cedula de Identidad Nº 8.806.417 en su condición de Administrador del demandado ; así las cosas de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

LA JUEZA


GLANES BORGES ROMERO



APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA




EL SECRETARIO,


JOEL RIVAS GARCIA




N° DE EXPEDIENTE:JP51-L-2010-000275