REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diez de febrero de dos mil once
200º y 151º
Asunto: AP21-L-2011-000438
Visto el acuerdo transaccional presentado en fecha 07 de Febrero de 2011, por el abogado MARLON M. MEZA SALAS Inpreabogado No. 44.729, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada PERENCO VENEZUELA , y la ciudadana ELIZABETH SOJO PEREZ, titular de la cedula de Identidad No. 8.749.855, parte actora debidamente asistida por el abogado LUIS EDUARDO OROZCO PEREZ Inpreabogado No. 150.851, del cual se evidencia que en esa misma fecha la parte demandada hizo entrega por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a la parte actora, la cantidad en cheque de gerencia de Bs.F. 45.148,83 por concepto de prestaciones sociales; este Juzgado que el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas del orden público HOMOLOGA dicha transacción en los términos indicados por las partes.
La Juez
La Secretaria
Abg. Mónica Quintero
Abg. Olga Díaz
|