REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2011-000096
Visto el escrito presentado en fecha 28 de enero de 2011, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Trabajo de Caracas, contentivos de la transacción celebrada entre el abogado Jesús Leopoldo en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, y el ciudadano Naudy Pérez en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado Noslen Tovar, mediante el cual manifiestan que han llegado a un acuerdo transaccional, de común acuerdo y libres de constreñimiento alguno, a los fines de resolver de manera definitiva el presente asunto de oferta de pago; por lo que este Tribunal, una ver verificados los extremos de ley, y de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN presentada por las partes en la presente oferta de pago, en los términos expuestos por ellas, a excepción de lo atinente a la Ley Orgánica de Prevención , Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Igualmente, se acuerda expedir sendas copias certificadas solicitadas. Visto que consta el pago acordado se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se establece.- Déjese copia de la presente decisión.-
La Juez,
Abg. Claudia Valencia
El Secretario;
Abg. Mario Colombo
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