REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 10 de febrero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2006-002218
ASUNTO : JP01-P-2006-002218
Penado: JESÚS MANUEL ORAZMA
Delito: Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
Decisión: Nuevo Cómputo por Redención de la Pena.-
NUEVO CÓMPUTO DE PENA POR REDENCIÓN
En virtud del Auto de Redención de Pena, dictado en favor del penado JESÚS MANUEL ORAZMA, titular de la cédula de identidad N° V- 19.985.712, este Juzgado pasa a practicar un nuevo cómputo de detención, conforme a lo ordenado por el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, en su último aparte. Para ello se observa:
Primero: El ciudadano JESÚS MANUEL ORAZMA, fue condenado a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
El precitado penado, fue detenido por primera vez el 25-08-2006 y en fecha 19-05-2009 le fue revocado el beneficio de régimen abierto, por incumplimiento de las condiciones impuestas dentro del Centro de Tratamiento Comunitario, hasta la presente fecha (10-02-2011), lo que indica que a la fecha lleva un tiempo de cumplimiento de pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES y QUINCE (15) DÍAS, a lo que se le suma cuatro redenciones de pena que le fueron acordadas: la primera en fecha 28-05-08, por un tiempo de CINCO (05) MESES; la segunda, acordada en fecha 11-03-2010 por un tiempo de CUATRO (04) MESES, VEINTE (20) DIAS Y DOCE (12) HORAS, la tercera acordada en 14-10-2010, por el tiempo de CINCO (05) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS; la cuarta, acordada en la presenta fecha (10-02-2011) por el tiempo de UN (01) MES, VEINTICUATRO (24) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que hacen un total de cumplimiento de pena de CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta un tiempo de UN (01) MES, SIETE (07) DIAS y DOCE (12) DÍAS, y cumplirá la totalidad de la pena el 17 de Marzo de 2011.-
Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución 03 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Practica nuevo cómputo de detención del penado JESÚS MANUEL ORAZMA, venezolano, natural de El Sombrero (Guárico), donde nació el 09-12-85 de 24 años, albañil, soltero, hijo de Jesús Rebolledo y de Mariluz Orazma, residenciado en: Barrio Vista El Morro, Calle Principal, Sector El Samán, cerca del Modulo, de esta ciudad y titular de la cédula de identidad 19.985.712, estableciendo que cumplirá la totalidad de la pena el 17 de Marzo de 2011, cómputo realizado conforme a lo pautado en los artículos 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido.-
LA JUEZA DE EJECUCIÒN Nº 03
ABG. ELVIA M. GARCIA REQUENA
LA SECRETARIA
ABOG. ANA PEREZ