REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 19 de julio de 2011.
Años 201° y 152°
ASUNTO: AP21-R-2011-000770
PRINCIPAL: AP21-L-2005-000872
Vista la diligencia presentada en fecha 18 de julio de 2011, por el abogado ÁNGEL ROMERO, apoderado judicial de la parte actora recurrente, mediante la cual procede a DESISTIR del recurso de apelación ejercido en contra el auto de fecha 17/05/2011 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en virtud de que la demandada cumplió con el pago de sus honorarios profesionales lo cual hace constar con la copia de cheque girado contra el banco Fondo Común a nombre del mencionado abogado por la cantidad de Bs. 7.951.18. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva al referido desistimiento y ordena la remisión del asunto al Juzgado antes mencionado.
EL JUEZ,
ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
OSCAR ROJAS