REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Calabozo
Calabozo, 22 de julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2007-002718
ASUNTO : JP11-P-2007-002718




Vista la solicitud presentada por ante este juzgado por parte de la abogada querellante en el presente asunto penal, Teresa Pérez Delgado, de decretar orden de captura contra el imputado de autos Alfonso Arreiza Contreras Elvis, en vista de las reiteradas incomparecencias del mismo a la celebración de la audiencia preliminar, este tribunal a los fines de resolver observa:

Una vez revisada las actas que conforman el presente asunto penal, observa que en acta levantada en fecha 13 de junio del presente año se encontraba presente el imputado de autos, no pudiendo realizarse dicho acto por inasistencia de la parte querellante, quien no había sido notificada, fijándose nueva oportunidad para la celebración del acto de audiencia preliminar para el 19 de julio del año en curso, oportunidad en la cual no se realizo el acto por cuanto no hubo despacho motivado a que la suscrita se encontraba abocándose al conocimiento de los asuntos del tribunal con motivo de la rotación acordada por la Corte de Apelaciones de este Estado.

Por lo anteriormente expuesto, considera esta juzgadora que no es procedente la solicitud planteada por la querellante Teresa Pérez Delgado, ya que muy a pesar de los tantos diferimientos que ha sido objeto la audiencia preliminar en el presente asunto, no han sido todos por el imputado y menos aun ordenar captura en vista de su comparecencia a la ultima audiencia diferida en sala, en consecuencia se niega la presente solicitud. Y ASI SE DECIDE.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo; decide: NIEGA la solicitud presentada por la querellante Teresa Pérez Delgado de ordenar captura al imputado de autos en vista de que el mismo se encuentra a derecho ante este juzgado, tal como consta en acta de diferimiento de fecha 13 de junio de 2011. Notifíquese a la solicitante.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04,

ABG. RAQUEL VILLARROEL ERNANDEZ LA SECRETARIA,