República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción
Judicial del Estado Guárico.


Sentencia Def. Nº 17-11
Actuando en Sede: Civil.
Solicitud N° 3.258-11
Motivo: Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: JOSE JOAQUIN ESTEVES RON.

En relación a la solicitud presentada en fecha 20 de mayo de 2011, suscrita por el ciudadano: JOSE JOAQUIN ESTEVES RON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.521.476, actuando en nombre propio y en nombre de sus hijos: JOHANNA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, JOSMARA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, JONATHAN JOSUE ESTEVES MARTINEZ y JONAHIKA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.118.731, V-13.150.640, V-14.871.399 y V-15.710.544, respectivamente, asistido por la Abogada en ejercicio JOHELYS COROMOTO APARICIO QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 141.514, donde solicita en su condición de cónyuge, y de sus hijos antes mencionados, sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus OCTAVIA MARTINEZ de ESTEVES, quien falleció ab-intestato el día 02 de mayo del 2011, en la ciudad de Maracay,, Municipio Girardot del Estado Aragua.-
El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por el mencionado ciudadano, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada; este Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos, al ciudadano: JOSE JOAQUIN ESTEVES RON, en su condición de cónyuge, y a sus hijos: JOHANNA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, JOSMARA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, JONATHAN JOSUE ESTEVES MARTINEZ y JONAHIKA JOSEFINA ESTEVES MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.118.731, V-13.150.640, V-14.871.399 y V-15.710.544, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos, de la extinta OCTAVIA MARTINEZ de ESTEVES. Y así se decide.
Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en El Sombrero, a los quince días del mes de julio de dos mil once.- Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

La Jueza Prov.

Abg. Carmen Alicia Rodríguez Pérez
El Secretario,

Abg. Jairo Efraín Nares Ortega

En esta misma fecha, siendo las 02:00 de la tarde, se registró, publicó y se dejó copia certificada para el archivo.
El Strio.