REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 07 de junio de 2011.
Años 201° y 152°
ASUNTO: AP21-R-2011-000741
PRINCIPAL: AP21-L-2010-001513
Vista la diligencia presentada en fecha 06 de junio de 2011, por los abogados José Graterol y Manuel Cisneros, apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente mediante la cual proceden a DESISTIR del recurso de apelación ejercido en contra de la sentencia de fecha 09/05/2011 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda que por prestaciones sociales incoara la ciudadana KARINA SAMAGAIO en contra de la empresa CLUB PRIVADO LA RECTA FINAL C.A. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y ordena la remisión del asunto al Juzgado Duodécimo de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo.
EL JUEZ,
ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
JERALDINE GUDIÑO