REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de junio de 2011
200° y 152°
ASUNTO: AP21-S-2011-001148
Visto el escrito de transacción presentado en fecha 28 de junio de 2011 por JOSE BARRETO, en su carácter de parte oferida, asistido por el abogado LUIS CASTILLO y por la parte oferente, abogado en ejercicio C.C.K.PROYECTOS C.A.; este Tribunal de una revisión minuciosa del mismo, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; cumpliendo así con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento; por lo que este Juzgado 12 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA
Neyireé Toledo
La Juez
Arturo Yaggia
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