REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, trece (13) de junio de dos mil once (2011), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, y se traslada en compañía de la parte actora, abogada Oliva Coromoto Izarra González, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 13.041, actuando en su propio nombre, a la dirección indicada en el despacho de comisión:“ Avenida Francisco de Miranda, edificio Centro Plaza, Torre C, piso 14, oficina G, Urbanización Los Palos Grandes del Estado Miranda”, a fin de practicar medida de embargo preventivo decretada y ordenada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de divorcio incoado por Oliva Coromoto Izarra González contra Ruddy Rosales Colmenares. Una vez en el lugar indicado por la parte actora, el Tribunal es atendido por el ciudadano Erle Jesús Rendón Briceño, titular de la cédula de identidad No. V.- 9.010.148, encargado de la Sociedad Mercantil Inversiones Solarteh, a quien se notifica de la medida dando lectura al despacho de comisión, que textualmente dice: “...por auto de fecha 24 de Enero de 2011, este Juzgado decreto Medida de Embargo Preventivo sobre el Cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales devengadas por el demandado como trabajador en la Sociedad Mercantil INVERSIONES SOLARTEH, C.A, ubicada en la Avenida Francisco de Miranda, edificio Centro Plaza, Torre C, piso 14, oficina G, urbanización Los Palos Grandes del estado Miranda…” En este estado el notificado manifiesta que efectivamente el ciudadano Ruddy Rosales Colmenares, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.695.595, se desempeña como Ingeniero de Proyectos en la empresa Inversiones Solarteh, C.A. Seguidamente la Juez Ejecutora, atendiendo a los términos de la comisión, declara embargada preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales devengadas por el demandado como trabajador en la Sociedad Mercantil INVERSIONES SOLARTEH, C.A. ubicada en la Avenida Francisco de Miranda, edificio Centro Plaza, Torre C, piso 14, oficina G, de la Urbanización Los Palos Grandes del Estado Miranda. Se hace saber a la empresa notificada que una vez se causen las prestaciones sociales del ciudadano Ruddy Rosales Colmenares, debe emitirse un cheque por el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, a nombre del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y remitirlo a dicho Tribunal ubicado en el piso 3 de las Torres del Silencio, Caracas, donde deberá informar de cualquier incidencia que pueda producirse relacionada con el embargo en este acto realizado. Para mayor ilustración se hace entrega al notificado de un juego de copia fotostática simple del despacho de comisión, a fin de que la empresa notificada efectúe las gestiones legales que correspondan. La Juez Ejecutora cumplida como ha sido su misión dispone su retiro a su Sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:10 am.- .
La Juez,

Caribay Gauna
La parte actora

Abg. Oliva Coromoto Izarra González
El Notificado

Erle Jesús Rendón B.


La Secretaria

Dubraska Ibarreto
Expediente Nº 3107-11 (Interno)
Expediente Nº AH14-X-2009-000085 (Causa)