REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de junio de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-S-2011-000728

Mediante transacción presentada en fecha 15 de abril de 2011, por el ciudadano KEVIN CHACIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 12.984.840, asistido en este acto por la ciudadana Francis Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 63.513, actuando en este acto en su carácter de parte oferida, y por otra parte, el ciudadano Manuel Salas Aranguren, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.084, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente sociedad mercantil P&B CONTROLES C.A., todos plenamente identificados en autos, acuerdan como monto del acuerdo transaccional la cantidad de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.18.839,34), cantidad que recibe el ciudadano KEVIN CHACIN en su condición de parte oferida de la oferente P&B CONTROLES C.A., a través de cheque de gerencia del Banco Mercantil, identificado bajo el número 67108005, de la cuenta número 0105-0017-60-2017108005, cuya copia cursa en autos. Es por lo anterior, que este Juzgado, previa revisión del referido escrito y del instrumento poder que acredita al apoderado judicial de la parte oferente con facultad expresa para transigir, considera que la transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del ex-trabajador. Las partes celebran la presente transacción, de conformidad con lo previsto en el artículo 1713 y siguientes del Código Civil, el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se imparte su HOMOLOGACION, QUEDANDO CONSUMADO EL ACTO COMO COSA JUZGADA Y TERMINADO EL PROCESO.

Francisco Javier Río Barrios El Secretario
El Juez Pedro Ravelo