REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°)DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, Quince (15) de junio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-008906
SOLICITANTE: CELIA GONCALVES FERREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.909.984.
ADOLESCENTE: (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna)
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR CONYUGAL
Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR presentada por la ciudadana CELIA GONCALVES FERREIRA, ut supra identificada, y quien igualmente es Abogado inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.414, actuando en su propio nombre y representación; y vista la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como participada la dirección a la que se trasladaría la solicitante y el lapso que permanecerá en ella, este Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, sin perjuicios de terceros, concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana CELIA GONCALVES FERREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.909.984, acompañada de su hijo (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna) a la siguiente dirección: Carretera Panamericana, Km 9, Urbanización Mirador Panamericano Nº 4-36, por el lapso de 4 meses contados a partir de la presente fecha todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “m” parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se acuerda librar boleta de notificación al ciudadano JESÚS AUGUSTO SILVA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.972.579, conforme la sentencia VINCULANTE No. 1039 del expediente 09-0124 de fecha 23 de julio de 2009 proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchán. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y ASÍ SE ESTABLECE. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero Boutcher