REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2009-002737
ASUNTO : JP21-P-2009-002737
JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: MAURICIO GERARDO MANRIQUE QUINTANA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14.315.829, natural de Zaraza, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 11/08/81, de 29 años de edad, actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PRIVADA.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITES DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Visto el auto anterior de reforma del cómputo de la pena por redención, realizado a favor del ciudadano MAURICIO GERARDO MANRIQUE QUINTANA, mediante el cual se determinó como fecha para optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO el 14/04/2011. En consecuencia, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, mediante la cual se suspendió la aplicación del parágrafo cuarto del artículo 458 del Código Penal, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de beneficios penales, ACUERDA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRÁMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, y para ello ORDENA:
1.- Oficiar a la Dirección del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, solicitando información sobre si tiene conocimiento de otro Asunto Penal que se sigua en contra del penado o procedimiento jurisdiccional y cuya vigencia corresponda al tiempo de cumplimiento de la pena.
2.- Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Juan de los Morros, para que por su intermedio le sea realizada la evaluación Psico-Social, remitiéndosele anexo copia certificada de la sentencia y del auto de reforma de cómputo de pena por redención.
3.- Librar oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines de que remita Certificación actualizada de los posibles antecedentes que presente el referido ciudadano.
4.- Oficiar a la Caja de Trabajo Penitenciaria, solicitando la posibilidad de envío de oferta de trabajo para el penado, indicándosele en el oficio el lugar de reclusión, la pena y el delito por el cual fue condenado.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor del ciudadano MAURICIO GERARDO MANRIQUE QUINTANA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14.315.829, natural de Zaraza, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 11/08/81, de 29 años de edad, actualmente recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del Magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, notifíquese, líbrense oficios y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.
Es Justicia en Valle de La Pascua, a los trece (13) del mes de junio de 2011.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,
DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO
LA SECRETARIA,
ABOG. INES RODRIGUEZ